✶ El Estado abonará 57 millones de euros a entidades de propiedad intelectual


El Estado abonará 57 millones de euros a entidades de propiedad intelectual

(Publicado en Market Data) La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha condenado al Estado español a pagar esa cantidad a diversas entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, en concepto de compensación equitativa por copia privada correspondiente a los años 2015, 2016 y los siete primeros meses de 2017, debido a la inactividad normativa en la materia en esos años del Gobierno de Mariano Rajoy.

Esta sentencia llega después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea desautorizara, por sentencia de 2016, el sistema español que cargaba dicho gasto a los Presupuestos Generales del Estado.

El Supremo otorga la razón a la Sociedad General de Autores (SGAE), la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y la Asociación de Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), que reclamaron que se declarase la responsabilidad patrimonial del Estado legislador por la ausencia de percepción de la compensación equitativa desde la anulación del anterior sistema hasta la aprobación del nuevo en 2017.

En un primer momento, se reclamó la situación al Consejo de Ministros, que desestimó su petición por silencio administrativo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo afirma que la ausencia de establecimiento de un sistema que hiciera posible y viable el abono de la compensación equitativa correspondiente, que está derivada de los perjuicios padecidos por las reproducciones realizadas al amparo de la denominada copia privada, “es sólo imputable al Legislador español”.

Realiza el cálculo de la compensación equitativa atendiendo a la situación transitoria y evolutiva entre los dos sistemas diferentes, en relación con los años 2015, 2016 y 2017 (desde 1 de enero a 31 de julio).

Así, establece para el año 2015 20.000.000 de euros; para el año 2016 22.500.000 de euros; y para el año 2017 (desde el 1 de enero a 31 de julio) 14.520.548 de euros.

Igualmente, fija los porcentajes de distribución entre las tres modalidades de reproducción, que son del 25 por ciento para la modalidad de reproducción de libros y publicaciones asimiladas reglamentariamente a libros, del 30 por ciento para la modalidad de reproducción de fonogramas, y del 45 por ciento para la modalidad de reproducción de videogramas.

La distribución del porcentaje correspondiente, en aquellos supuestos de concurrencia de diversas entidades de gestión en una misma categoría de acreedores, de una misma modalidad de reproducción, habrá de procederse mediante el mutuo acuerdo entre tales entidades.